Código de Ética
CÓDIGO DE ÉTICA DE PROMEXSA EN MATERIA DE COMERCIO ELECTRÓNICO
Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto
Este Código de Ética en materia de Comercio Electrónico establece los valores y principios que PROMEXSA deberá observar en las actividades relacionadas con el comercio electrónico, a fin de respetar y promover los derechos del consumidor, fomentar una cultura de consumo responsable, la promoción de los derechos humanos de los consumidores, la publicidad digital ética y responsable, la protección de grupos vulnerables y la autorregulación.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación
El cumplimiento de este Código de Ética en materia de Comercio Electrónico, será obligatorio y tendrá efectos vinculantes hacia PROMEXSA, por lo que éste se compromete a respetar que en todas sus actividades de comercio electrónico se cumplan los principios establecidos en el presente Código.
Este Código de Ética aplica para todos los accionistas, directivos, colaboradores y empleados que forman parte de PROMEXSA y que realizan actividades relacionadas con el comercio electrónico. Resultará obligatorio el conocimiento de este instrumento y su observancia en todo momento, cuidando también estar en concordancia con las legislaciones y regulaciones vigentes en México.
Artículo 3. Definiciones
Para efectos del presente Código de Ética en materia de Comercio Electrónico, se entenderá por:
I. Adolescentes: Son adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad;
II. Código: El Código de Ética de PROMEXSA en materia de Comercio Electrónico;
III. Comercio Electrónico: Toda transacción económica que implica el ofrecimiento, comercialización o venta, de bienes, productos o servicios utilizando medios electrónicos digitales, ópticos o de cualquier otra tecnología a través de un sistema de información digital;
IV. Consumidor: La persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final los bienes, productos o servicios. Se entiende también por Consumidor a la persona física o moral que adquiera, almacene, utilice o consuma bienes o servicios con objeto de integrarlos en procesos de producción, transformación, comercialización o prestación de servicios a terceros, únicamente para los casos a que se refieren los artículos 99 y 117 de la Ley Federal de Protección al Consumidor;
V. Datos Personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información;
VI. Niñas, niños y adolescentes: Son niñas y niños los menores de doce años, y adolescentes las personas de entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de
edad. Para efectos de los tratados internacionales y la mayoría de edad, son niños los menores de dieciocho años de edad;
VII. Publicidad: Cualquier forma de comunicación comercial realizada por un proveedor, que comprende todo proceso de creación, planificación, ejecución y difusión o transmisión de mensajes publicitarios con el fin de promover la venta o consumo de bienes, productos o servicios;
VIIII. Plataforma de comercio electrónico: proveedor del servicio informático mediante el cual se ofrecen herramientas (software) para facilitar el ejercicio del comercio electrónico, y
IX. Tienda virtual: Es un espacio dentro de un sitio web, en el que se ofrecen artículos a la venta.
X. PROMEXSA: tienda virtual creada por PROMEXSA de oferta medicamentos e insumos para la salud dirigida al público en general y a profesionales de la salud.
XI. Proveedor: En este código referido como PROMEXSA
Capítulo II
Comercio Electrónico
Artículo 4. Normativa Constitucional, Convencional y Legal
PROMEXSA actuará de conformidad con lo aplicable y establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de derechos humanos de los que México sea parte, así como con la Ley Federal de Protección al Consumidor, además de guiarse por la Norma Mexicana de Comercio Electrónico (NMX-COE-001-SCFI-2018).
Asimismo, todos los colaboradores de PROMEXSA se comprometen a conducirse con respeto y ética a las normas que rigen el desarrollo de sus actividades particularmente aquellas que supongan conflicto que se generen con los consumidores.
Artículo 5. Disponibilidad y colaboración con las autoridades
La tienda virtual de PROMEXSA encontrada en el sitio web https://promexsa.com.mx y denominada PROMEXSA tendrá la disposición de colaborar cuando los consumidores se vean afectados. Serán responsables por los bienes y servicios que ofrezcan, con el alcance que se especifique en sus términos y condiciones, los cuales serán claros, precisos y fácilmente accesibles.
Artículo 6. Mecanismos de identidad, pago y envío o entrega
PROMEXSA pondrá a disposición de los consumidores al menos lo siguiente:
a) Nombre comercial, marca, denominación o razón social, domicilio físico en territorio nacional, números telefónicos, u otros medios de contacto;
b) Información sobre el procedimiento para la adquisición del bien, producto o servicio, señalando los apartados donde puede encontrar características y restricciones de los mismos;
c) Información al consumidor de su derecho a revocar su consentimiento respecto a la transacción celebrada, sin responsabilidad ni justificación alguna;
d) Mecanismos de devolución, reposición o cambio de los bienes, productos o servicios;
e) Cuando ofrezcan garantías debe informar sobre el plazo de las mismas, el cual no puede ser menor al previsto en la Ley o las disposiciones jurídicas aplicables, así como las restricciones aplicables;
f) Mecanismos de solución para las reclamaciones o aclaraciones, incluyendo los días y horarios de atención;
g) Dar a conocer las restricciones de edad para hacer uso de la tienda virtual o plataforma de comercio electrónico;
h) El tratamiento que le dará a sus datos personales;
i) Términos y condiciones a que estarán sujetas las transacciones;
j) Métodos de pago y facturación fáciles de usar, implementando medidas de seguridad proporcionales a los riesgos relacionados con los pagos, incluyendo los que derivan del acceso o el uso no autorizado de datos personales, prácticas comerciales engañosas y el robo de identidad;
k) Costos totales en moneda nacional, incluyendo IVA, impuestos transfronterizos, costo de envío;
l) Comprobante de la transacción comercial, el cual deberá ser facilitado al consumidor por el mismo medio en que se celebró la transacción;
m) Los medios para obtener el comprobante fiscal o el comprobante de la transacción comercial y, en su caso, el procedimiento para solicitar la corrección de los mismos, cuando sea procedente y,
n) La forma de entrega incluyendo los costos, plazos y opciones de envío;
Artículo 7. Términos y condiciones
Los términos y condiciones estarán en idioma español y dentro de la tienda virtual de PROMEXSA en un lugar visible y de fácil acceso para el Consumidor.
Los términos y condiciones serán aplicables en todas las compras y servicios que se contraten en PROMEXSA mediante los sistemas de comercialización que utilice en su sitio web.
PROMEXSA podrá dar acceso a hipervínculos cuya finalidad sea facilitar el acceso, archivo e impresión de la información a fin de mejorar la experiencia y otorgar certeza al consumidor al utilizar el sitio.
La aplicación de los términos y condiciones se sujetará a lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor. En consecuencia, el Consumidor gozará de todos los derechos reconocidos en la Ley, además de los que se le otorguen en esos términos y condiciones. Todos los derechos, deberes, beneficios y garantías contenidos en Ley Federal de Protección al Consumidor serán reconocidos y aplicados estrictamente por PROMEXSA.
Los términos y condiciones de la página web de PROMEXSA contendrán al menos la siguiente información:
I. Condiciones generales o particulares de contratación aplicables en cada caso;
II. Plazo de vigencia de ofertas y promociones y,
III. Restricciones de pago o entrega, condiciones necesarias para la utilización o entrega y penalidades por cancelación
PROMEXSA proporcionará al consumidor la información adecuada y clara sobre los diferentes bienes, productos o servicios, pudiendo utilizar imágenes, audio y video, o cualquier otra herramienta que considere apropiada.
Capítulo III Publicidad Digital
Artículo 8. Principio de legalidad
La publicidad digital que utilice PROMEXSA en su tienda virtual será veraz, comprobable, clara y exenta de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas. Asimismo, se apegará a la normatividad aplicable y, de manera especial, respetará los derechos, obligaciones y principios reconocidos por La Ley Federal de Protección al Consumidor.
Artículo 9. Publicidad digital responsable
La publicidad que se desarrolle en PROMEXSA deberá:
a) Ser identificable adecuadamente como tal;
b) Indicar los datos de contacto de PROMEXSA.
Además, PROMEXSA contará con un mecanismo que permita al consumidor elegir si desea dejar de recibir publicidad comercial directa.
Capítulo IV Protección de datos
Artículo 10. Principios generales
PROMEXSA observará lo establecido en el Artículo 16 Constitucional, el cual reconoce el derecho que toda persona tiene a la protección de sus datos personales, el acceso, rectificación y cancelación de estos, así como a manifestar su oposición en los términos que fije la normatividad aplicable.
En este sentido, contará con un Aviso de privacidad, como mecanismo accesible, seguro, fácil de entender, con un lenguaje sencillo y claro que permita al Consumidor acceder a toda la información inherente al tratamiento y protección que se dará a sus datos personales.
PROMEXSA incluirá en su tienda virtual y en todo el proceso de compra, leyendas de advertencia para que las niñas, niños y adolescentes se abstengan de facilitar sus datos personales, sin la autorización de sus padres o tutores, para que la compra se realice directamente por estos últimos.
Asimismo, PROMEXSA verificará lo siguiente:
a) Que los contenidos de PROMEXSA sean dirigidos únicamente a adultos;
b) No incitar directamente a las niñas, niños y adolescentes a la compra de un bien, producto o servicio, aprovechando su inexperiencia o su credulidad, ni a que persuadan a sus padres o tutores, o a los padres o tutores de terceros, para que compren los productos o servicios de que se trate;
c) Exponer, sin motivo justificado, a las niñas, niños y adolescentes en situaciones peligrosas;
d) Que no se publiquen en PROMEXSA contenidos, declaraciones o presentaciones visuales ilícitas o que pudieran producir perjuicio mental, moral o físico a las niñas, niños y adolescentes.
Capítulo V Propiedad Intelectual
Artículo 11. Respeto de la propiedad intelectual ajena y salvaguarda de la propia.
PROMEXSA respeta la propiedad intelectual de otros y a la vez ejerce el derecho que tiene para salvaguardar la propia. Las patentes, desarrollos tecnológicos, marcas, materiales escritos, materiales gráficos y software, constituyen rubros considerados en este apartado.
PROMEXSA establece como de su propiedad intelectual:
· Sus marcas y logotipos.
· Los desarrollos, información, prácticas, métodos, invenciones, materiales escritos, materiales gráficos, campañas promocionales y de publicidad, programas u otros trabajos que nuestros directivos, empleados y colaboradores desarrollen durante el desempeño de sus responsabilidades en el grupo.
· Las publicaciones, los programas de software y/o la página web de PROMEXSA (www.promexsa.com.mx) que han sido desarrollados para PROMEXSA y por los que ha pagado o bien internamente en los que ha invertido.
· Las invenciones o trabajos desarrollados por directivos, empleados y colaboradores que no forman parte de las responsabilidades asignadas a su puesto, pero que se basan en información o recursos que tienen a su disposición por motivos de su función y responsabilidad en la empresa.
Por otro lado, PROMEXSA reconoce la propiedad intelectual de terceros y obliga a todos sus colaboradores, a respetar la propiedad intelectual de quienes desarrollan materiales, ideas, conceptos, software, publicaciones, datos e información técnica y/o clínica.
Capítulo VI Derechos Humanos
Artículo 12. Grupos vulnerables
PROMEXSA adquiere un compromiso con el respeto y protección de los derechos de personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad e indígenas, así como otras personas sujetas a discriminación, solucionando de manera ágil sus conflictos o dudas y cuidando que la publicidad que se dirija a ellos o la a que pudieran tener acceso fomente el respeto a la dignidad, equidad, seguridad e inclusión.
Capítulo VII
Solución de Conflictos
Artículo 13. Autorregulación y medios propios para solucionar conflictos
PROMEXSA contará con un mecanismo de autorregulación propio para solucionar de forma preventiva los conflictos con los consumidores y atender sus consultas y/o quejas.
Artículo 14. Medios Alternativos de Solución de Conflictos
Sin perjuicio de lo anterior, PROMEXSA procurará solventar las disputas con los consumidores a través de medios alternativos de solución de conflictos. Se promoverá la mediación, conciliación y arbitraje para alcanzar acuerdos rápidos. Estos medios alternativos se podrán llevar a cabo mediante los procedimientos establecidos por la Procuraduría Federal del Consumidor.
Artículo 15. Vinculación con la Procuraduría Federal del Consumidor
PROMEXSA cumplirá con lo estipulado en la Ley Federal de Protección al Consumidor y actuará diligentemente en los procedimientos conciliatorios para llegar a acuerdos con el propósito de beneficiar a los consumidores.
Artículo 16. Vigilancia y Cumplimiento del Código
PROMEXSA contará con mecanismos propios para vigilar el cumplimiento de este Código de Ética, así como procedimientos de seguimiento ante su incumplimiento.
Auditoría Interna. Contamos con el procedimiento de Auditoría Interna y en caso de detectar una No Conformidad, se lleva a cabo un plan de acción, a fin de implementar acciones preventivas, correctivas y de mejora.
Denuncia. Los clientes podrán dirigirse a PROMEXSA a través de los siguientes medios de contacto: Por vía telefónica o Whatsapp al 55 9331 4957, o [email protected] a través de nuestro Centro de Atención a Clientes (Tecnovigilancia) deberá ser en un horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes.
PROMEXSA se compromete a permitir la realización de monitoreos por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor, con el propósito de revisar su cumplimiento con este Código.
Artículo 17. Compromiso de cumplimiento del Código
PROMEXSA, a través de su tienda virtual se compromete a respetar y cumplir el presente Código de Ética, así como adherirse voluntariamente al Código de Ética en materia de Comercio Electrónico publicado por la Procuraduría Federal del Consumidor en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en fecha 26 de febrero de 2021.